Capacitación para
Administradores
Si fuiste designado(a) como
administrador(a) de tu condominio o fuiste contratado(a) como administrador(a) profesional, ten a la
mano la siguiente documentación para solicitar el registro de tu nombramiento.
En ambos casos deberás
presentar:
a) Copia de la convocatoria y acuse de recibo de ésta.
b) Libro de Actas autorizado y registrado para su cotejo ante la
Procuraduría Social:
c) Copia del acta de Asamblea General donde obre tu nombramiento;
d) Copia de identificación vigente;
e) Dos fotografías recientes tamaño infantil;
Si eres administrador(a) condómino(a):
Documento que acredite tu
calidad de condómino y deberás tomar un curso que se proporciona en la Prosoc.
Si se trata de administrador(a) profesional:
·
Copia del contrato de
prestación de servicios firmado por los miembros del comité de vigilancia;
·
Copia del acuse de la fianza
entregada al comité de vigilancia; y
·
Copia de la certificación
vigente como administrador profesional, expedida por la Procuraduría.
Si se trata de persona moral
Además de lo anterior,
fotocopia de escritura constitutiva donde conste la denominación o razón social
de la persona moral que representas.
En caso de no tener un
administrador(a) o comité de vigilancia registrado en la Procuraduría Social
que convoque legalmente a Asamblea o que no se haya renovado en tiempo es
necesario que:
1.- La Asamblea General de
Condóminos sea convocada a través de un
porcentaje, de acuerdo con el art. 32, fracción III, inciso “c”, de
la Ley
de Propiedad en Condominio, para estar vigente; es decir, si un
condominio o conjunto condominal que se ubica en las
demarcaciones políticas que atiende la oficina desconcentrada más cercana,
acuda bajo la representación de uno de sus condóminos o poseedores para gestionar
la acreditación de la Convocatoria de la Asamblea General Ordinaria en la que
se nombrará al administrador(a) y al Comité de Vigilancia, deberá quedar
asentado en su libro autorizado correspondiente, además dar cumplimiento de los
siguientes requisitos para convocar a asamblea por el artículo 32 fracción III
inciso c) de la Ley Condominal:
2. Presentar escrito dirigido
al responsable de Atención Ciudadana en Materia Condominal
de la Oficina Delegacional, firmado por el porcentaje correspondiente de condóminos.
3.- Anexar copia simple de la
escritura de la declaración de constitución del régimen de propiedad en
condominio.
4.- Anexar el documento que acredite la calidad de condómino de cada uno de los
solicitantes a través de cualquiera de
los siguientes documentos:
·
Copia simple de: escritura de
la unidad de propiedad privativa
·
Contrato de compraventa o de
promesa de compraventa
·
Carta de adjudicación
·
Boleta Predial a nombre del
condómino
·
Boleta de agua a nombre del
condómino, constancia de folio real.
·
Copia simple de identificación
oficial de cada uno de los condóminos (credencial de elector, pasaporte, cédula
profesional o cartilla del servicio militar, la cual debe coincidir en firma y
nombre del condómino en el escrito).
NOTA: Los solicitantes deberán designar a un representante común,
sólo para efectos de los trámites ante la Procuraduría, quien entregará la
solicitud y firmará la convocatoria.
Tras ser revisada la
documentación, y sólo después de que ésta cumpla los requisitos, se entregará
la convocatoria para su notificación y realización.