Recepción de quejas y conciliaciones condominales
La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal faculta
a la Procuraduría Social para que en caso de controversias en condominio,
como las mencionadas arriba, interpongas una queja.
Si tu queja procede, la Procuraduría Social citará a la parte
requerida a una audiencia de conciliación, en la que estarán
presentes quien interpone la queja y el requerido con el objeto de llegar
a un acuerdo, sin contravenir la ley condominal.
Si hay conciliación, ambas partes firman un convenio que están
obligadas a cumplir. Si no la hay, el quejoso puede solicitar el arbitraje
o la aplicación de sanciones para su vecino.
Este servicio se brinda en las Oficinas
Delegacionales de la Procuraduría , en línea
en esta misma página o en los teléfonos 5209 6668, 6671
y 6681.